- ¿Cuánto es el impuesto de transferencia inmobiliaria en República Dominicana?
- ¿Sobre qué valor se calcula ese 3%?
- ¿Quién paga el impuesto de transferencia, el comprador o el vendedor?
- ¿Cuánto tiempo tengo para pagarlo?
- ¿El impuesto de transferencia es lo mismo que el IPI?
- ¿Hay propiedades exentas del impuesto de transferencia?
- ¿Cómo se paga en la DGII, paso a paso?
- ¿Cómo se paga el impuesto de transferencia inmobiliaria en una compra en plano?
- ¿Qué documentos pide la DGII para el impuesto de transferencia inmobiliaria?
- ¿El impuesto de transferencia inmobiliaria aplica también a un solar?
- Resumen: el impuesto de transferencia inmobiliaria en tres líneas
- Cuánto pagarías de transferencia en los proyectos que vendo hoy
- Guía fiscal para comprar en República Dominicana
El impuesto de transferencia inmobiliaria en República Dominicana es el 3% del valor del inmueble, y hay un plazo de seis meses para pagarlo. Si compras un apartamento tasado en US$200,000, son US$6,000. Aquí te explico sobre qué valor se calcula exactamente, quién lo paga, qué recargos aplican si te pasas del plazo y en qué casos estás exento.
¿Cuánto es el impuesto de transferencia inmobiliaria en República Dominicana?
El 3% del valor del inmueble. Es una tasa única establecida por la Ley 173-07 y se paga una sola vez, al momento de registrar la propiedad a tu nombre.
¿Sobre qué valor se calcula ese 3%?
Sobre el mayor de dos valores: el que aparece en tu contrato de compraventa, o el que resulte de la tasación que hace la DGII. Esto sorprende a muchos compradores: aunque hayas negociado un buen precio, si la DGII tasa el inmueble por encima, el impuesto se calcula sobre la tasación.
¿Quién paga el impuesto de transferencia, el comprador o el vendedor?
Por costumbre del mercado dominicano lo asume el comprador, porque es quien necesita el título a su nombre. No es una obligación legal repartida: es una práctica habitual, y puede negociarse en el contrato. Conviene dejarlo por escrito antes de firmar.
¿Cuánto tiempo tengo para pagarlo?
Seis meses desde la firma y legalización del contrato de compraventa. Pasado ese plazo se aplican recargos por mora: un 10% el primer mes o fracción, un 4% adicional por cada mes siguiente, más un 1.10% mensual de interés indemnizatorio.
¿El impuesto de transferencia es lo mismo que el IPI?
No, y confundirlos es habitual. El impuesto de transferencia se paga una sola vez, al comprar. El IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario) es anual y solo aplica si el conjunto de tus propiedades supera la exención vigente. Lo explico en detalle en el artículo sobre el IPI.
¿Hay propiedades exentas del impuesto de transferencia?
Sí. Los inmuebles amparados por la Ley 158-01, conocida como Ley CONFOTUR, están exentos. Es una de las razones por las que muchos compradores extranjeros priorizan proyectos con esta calificación. Puedes leer cómo funciona la Ley CONFOTUR.
¿Cómo se paga en la DGII, paso a paso?
Depositas el contrato de compraventa en la Administración Local de la DGII que corresponda al inmueble. Allí verifican que el vendedor esté al día con sus obligaciones fiscales y asignan un inspector que tasa la propiedad. Con esa tasación se determina el monto a pagar. Una vez liquidado, puedes tramitar el nuevo Certificado de Título en el Registro de Títulos.
¿Cómo se paga el impuesto de transferencia inmobiliaria en una compra en plano?
Se paga cuando el título se transfiere a tu nombre, no al firmar el contrato de reserva. En una compra en plano eso ocurre al entregar la obra, así que el 3% se desembolsa al final del proceso y no al principio. Conviene tenerlo presupuestado desde el primer día.
¿Qué documentos pide la DGII para el impuesto de transferencia inmobiliaria?
El contrato de compraventa firmado y legalizado, el Certificado de Título del inmueble y las copias de cédula o pasaporte de las partes. Con esa documentación la Administración Local ordena la tasación y emite la liquidación que tendrás que pagar.
¿El impuesto de transferencia inmobiliaria aplica también a un solar?
Sí. El 3% se aplica sobre cualquier inmueble que cambie de titular, y un solar o un terreno sin construir también lo es. La DGII tasa el valor del terreno igual que tasaría una vivienda, y el plazo de seis meses corre desde la misma fecha.
Resumen: el impuesto de transferencia inmobiliaria en tres líneas
El impuesto de transferencia inmobiliaria en República Dominicana es el 3% del mayor valor entre lo que dice tu contrato y lo que tasa la DGII. Tienes seis meses desde la firma para pagarlo, y pasado ese plazo se acumulan recargos por mora e intereses. Y si el proyecto está acogido a la Ley CONFOTUR, el impuesto de transferencia inmobiliaria sencillamente no se paga.
Cuánto pagarías de transferencia en los proyectos que vendo hoy
El 3% se entiende mejor con números reales. Estos son tres proyectos en construcción que tengo ahora mismo, con el impuesto calculado sobre su precio de entrada:
| Proyecto | Dónde y cómo | Desde | 3% de transferencia |
|---|---|---|---|
| Embassy Gardens | Arroyo Hondo, Santo Domingo, junto a la embajada de EE. UU. Entrega dic. 2028 | US$99,800 | US$2,994 |
| Ocean Paradise | Condo-hotel con gestión hotelera. Fase I, fin de 2028 | US$162,500 | US$4,875 |
| Sky Sea | Juan Dolio, frente al mar. Fideicomiso con Fiduciaria APAP. Entrega dic. 2029 | US$177,500 | US$5,325 |
Tres cosas antes de sacar conclusiones. El cálculo es sobre el precio de entrada: si eliges otra unidad, o la DGII tasa por encima, el 3% sube con ella. Si el proyecto está acogido a CONFOTUR, la transferencia es cero, y eso se pide por escrito y con número de resolución. Y al 3% súmale entre un 1% y un 1,5% de honorarios legales: ese es tu coste de cierre real.
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